Desde acá podrán abrir los proyectos.
Por las dudas, les recuerdo que los Proyectos de Declaración son meras opiniones o declaraciones de la cámara, sin efecto jurídico. En cambio, los de Resolución tienen efecto jurídico, es decir, si están dirigidos al Poder Ejecutivo, éste debe contestarle a la cámara (por lo general la respuesta no es automática y tarda bastante tiempo en llegar).
A los fines didácticos, a veces con estos proyectos se aprende más porque suelen mostrar las dificultades de la cuestión, tanto en la parte dispositiva como en los fundamentos.
Bueno, espero que sea útil.